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Derecho al olvido: cuando Google no desindexiza a tiempo, surge la indemnización por daños

Imagine que hace años se vio involucrado en un proceso judicial que concluyó con una absolución. Su vida ha seguido adelante, pero al introducir su nombre en Google sigue apareciendo aquella noticia antigua, visible para cualquier persona: empleadores, clientes, familiares. Se trata de una situación más frecuente de lo que se piensa, y hoy el derecho italiano ofrece herramientas concretas para remediarla — incluida la indemnización por daños y perjuicios.

¿Qué es el derecho al olvido?

El derecho al olvido es el derecho de toda persona a que no se mantengan en circulación, de forma indefinida, informaciones que le conciernen cuando estas han perdido relevancia pública o actualidad. No se trata de borrar la historia, sino de impedir que hechos ya superados continúen condicionando la vida de una persona a través de su permanencia en los resultados de búsqueda en línea.

En el contexto digital, este derecho se traduce principalmente en la denominada desindexación: la eliminación de determinados contenidos del índice de los motores de búsqueda como Google, de modo que ya no sean fácilmente localizables por terceros, aunque puedan permanecer publicados en la fuente original.

El marco normativo: desde la Reforma Cartabia hasta hoy

Con la entrada en vigor de la Reforma de la justicia penal (decreto legislativo n. 150/2022), comúnmente conocida como Reforma Cartabia, el legislador italiano dio un paso significativo en esta dirección. El nuevo artículo 64-ter del Código de procedimiento penal reconoce expresamente el derecho de las personas absueltas — o respecto de las cuales se haya dictado un auto de archivo o una sentencia de no lugar a juicio — a obtener que las noticias que las conciernen dejen de ser indexadas por los motores de búsqueda.

Se trata de una norma de gran relevancia práctica: por primera vez, el código de rito penal regula de manera explícita la articulación entre el resultado del proceso y la gestión de la información en línea, reconociendo que la absolución debe tener efectos no solo en la sala del tribunal, sino también en el espacio digital en el que vivimos.

Cuándo la desindexación tardía constituye un daño indemnizable

El aspecto más delicado — y más relevante para quienes se encuentran en esta situación — atañe a las consecuencias jurídicas de una conducta omisiva o dilatoria por parte del gestor del motor de búsqueda. La posición que se desprende del análisis jurídico más reciente es clara:

  • La desindexación tardía de una noticia que ya no reviste interés público constituye un ilícito.
  • Dicha conducta es por sí misma idónea para lesionar el honor y la reputación de la persona afectada.
  • El daño puede acreditarse también mediante presunciones simples, sin necesidad de demostrar en detalle cada una de las consecuencias negativas sufridas.
  • La sociedad gestora del motor de búsqueda puede incurrir en responsabilidad civil por los perjuicios derivados de dicha omisión o demora.

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